RÉGIMEN SUSPENSIVO - Número -

Señale el número de aceptación de la Declaración de Régimen Suspensivo que se
cancela o abona. En caso que dicha declaración no se encuentre en el sistema
computacional, al número de aceptación se deberá anteponer el código
correspondiente al tipo de operación que se cancela o abona, según Anexo N° 51-2.
Por ejemplo, si se cancela la Declaración de Almacén Particular de Importación con
trámite normal Nº 055.897, como número de aceptación se deberá señalar
106055897.