ORIGEN, TRANSPORTE Y ALMACENAJE - Regla 1 Procedimiento de Aforo o Vistos Buenos (VºBº) -

Tratándose de Vistos Buenos, indique el número y año de la certificación que otorga el
Visto Bueno, anteponiendo el código del Organismo correspondiente, según Anexo Nº
51-38. El año de este certificado deberá ser consignado con cuatro dígitos. En caso
que se deban consignar dos o más certificados, separe los números con dos ceros.

Cuando se trate de Vistos Buenos exigidos por el ISP, tramitados por vía electrónica o
ante la Secretaría Regional Ministerial de Salud tramitados por vía manual, para
productos cosméticos, productos farmacéuticos y pesticidas de uso sanitario o uso
doméstico y sus materias primas, no se deberá señalar información en este recuadro,
por cuanto el CDA será exigido y validado por el sistema informático a nivel del Ítem de la Declaración.

Si se trata de productos sujetos a visación de la Dirección General de Movilización
Nacional (DGMN), no deberá consignarse información en este campo.

Cuando se trate de vistos buenos exigidos por la Seremi de Salud, tramitados por vía
electrónica o por vía manual, para productos alimenticios, no se deberá señalar
información en este recuadro, por cuanto el CDA será exigido y validado por el
sistema informático a nivel del ítem de la Declaración de Ingreso.

(Resolución N° 539 - 04.02.2010)