DESTINO Y TRANSPORTE - Código Región de Origen
Indique el código de la región de origen de las mercancías según Anexo Nº 51-44. Cuando las mercancías de origen nacional provengan de varias zonas del país, consigne el código de la región de origen de las mercancías de mayor de valor.
En caso que las mercancías sean nacionalizadas señale el código 20 y la glosa correspondiente, según Anexo Nº 51-44. En todo caso, no deberán declararse en un mismo documento mercancías de origen nacional y mercancías nacionalizadas.
En caso de productos hortofrutícolas en los que no se cuente con la información de la región de origen al momento de tramitar el DUS-Aceptación a Trámite, deje este recuadro en blanco en esta etapa y posteriormente en la legalización consigne la información correcta de acuerdo a las instrucciones de los incisos precedentes.